Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por realizada por los ciudadanos RAMON JOSE RODRIGUEZ SUAREZ y REINA YELITZA CRESPO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 10.762.306 y V-12.944.857, respectivamente. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel Municipio G/D "Pedro León Torres" del Estado Lara, en fecha 18 de noviembre de 1999, acta Nº 216, folio 217 frente, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Des.....