Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, administrando justicia, actuando en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el RECURSO DE NULIDAD del acto administrativo de destitución, dictado el 30 de septiembre de 2004, emanado del Ministerio de Educación Cultura y Deportes, signada con el numero 185, intentado por NOEMI GARRIDO RONDON, contra LA REPÚBLICA por intermedio del MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES y EL ESTADO PORTUGUESA.
En razón de lo expuesto este tribunal ordena al ESTADO PORTUGUESA y al MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES reincorporar a la recurrente en el cargo que ejercía de cargo de Trabajador Social I o a otro de superior o igual jerarquía, ordenándose igualmente se le cancelen a título de indemnización, los salarios dejados de percibir desde su ilegal retiro, hasta la fecha de en que quede firme el presente fallo.....