Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, por NULIDAD DE VENTA, incoada por el Abogado LUIS IGNACIO CHIRINOS CAMPOS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 92.40, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas GLADYS MARIA ALVAREZ MOSQUERA y MERCEDES CHIQUINQUIRA MORALES ALVAREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.947.771 y V-9.639.894, respectivamente, contra los ciudadanos YAJAIRA ELENA ALVAREZ MOSQUERA, TIBISAY MARGARITA ALVAREZ MOSQUERA, ONELIA MARIBEL ALVAREZ MOSQUERA, INGRID ZULAY PAEZ DE ALVAREZ, YANNHARELYS MILEXIS ALVAREZ MOSQUERA, EDGAR ALFREDO ALVAREZ LAMEDA, LISETH DEL CARMEN ALVAREZ ARELLANO y OSCAR ALBERTO ALVAREZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de .....