Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el amparo incoado por JUAN JOSE RIVAS FLORES, venezolano, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad N° 11.264.538, de este domicilio, asistido por CHRISTIAN ESTEBAN PEÑA PIÑA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.478, de este domicilio, contra TRANSPORTE YANEZ, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 61, Tomo 107-A, de fecha 14-06-2001, con domicilio en la Calle 34 entre Carrera 25 y Avenida Venezuela, de este ciudad de Barquisimeto, quien actúo por intermedio de sus apoderados CARLOS EURIPEDES DUGARTE MONAGAS y MANUEL R. MENDOZA B, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogad.....