Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena, la entrega EN CALIDAD DE DEPOSITO por cuanto los seriales de chasis y de motor son falsos a AMILCAR LEONARDO VELIZ COLMENAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.603.148, con domicilio en calle 37 con 30 y 31 Nº 30-30, Barquisimeto, Estado Lara, de un vehículo MARCA YAMAHA, VEHICULO MOTO, COLOR AZUL Y BLANCO, AÑO 1990, TIPO ENDURO, CILINDROS UNO, MODELO DT 175, Nº CHASIS PER- REP 36 (FALSO) Y Nº MOTOR PER- REP 36 (FALSO), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se acuerda remitir las actuaciones correspondientes a la investigación que adelanta el Ministerio Público con el Nº 13F04-0183-05, al despacho de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en el Estado Lara un.....