Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano, CRUZ MARIO COLMENAREZ RAMÍREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Numero NO POSEE, nacido el 15/05/1985 de la Ciudad de Cabudare, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Buhonero, hijo de Cruz Mario Colmenarez (F) y Yadira Coromoto Ramírez (V), residenciado en Calle 6A entre 3 y 4 el Roble casa S/N diagonal a la Escuela Andrés Bello, Barquisimeto, Estado Lara, asistido por la Defensora Publica, Dra. YOLEIDA RODRÍGUEZ, a cumplir la pena de Dos (02) Años y Ocho (08) Meses de Prisión por ser autor y responsable del Delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el articulo 457 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana, ALEJANDRA MERCEDES BERRIOS JEROPUNOW, calculándose l.....