Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de junio del 2012, por la abogada Carolina Pérez Mezzoni, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), contra la sentencia dictada en fecha 20 de abril del 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró sin lugar la demanda por cobro de bolívares e indemnización por daños y perjuicios por derecho de autor, incoada por la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), contra la sociedad mercantil La Linterna Mágica del Este, C.A. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del CPC.