Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Se declara CON LUGAR la acción de nulidad intentada por ALPRO, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 29/06/1999, bajo el Nro. 21, Tomo 46, Tomo 24-A, representada por su apoderado judicial FILPPO TORTORICI S., abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.954, en contra de la Providencia Administrativa Nº 031, que cursa en el expediente Nº 078-2008-06-00050, de fecha 30/01/2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara Pedro Pascual Abarca, que declara con lugar el procedimiento sancionatorio en contra la de la sociedad mercantil ALPRO, C.A., imponiéndole multa por Bs. 1.598,46, en el procedimiento de Reenganche y pago de s.....