DISPOSITIVA
Por los hechos y los argumentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Sin lugar la solicitud de sobreseimiento de conformidad al artículo 300 numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal presentada por el Fiscal Militar Auxiliar Décimo Tercero de fecha 11 de julio de 2013, de la causa donde se investigan los hechos donde aparece en condición de imputados los ciudadanos Mariela Marbella Arenas Rosendo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.959.829,domiciliada en el sector I, vereda 16, casa número 12, Barrio la Carucieña, Barquisimeto, estado Laray Eudis Alexander Cañizalez Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.230.741,domiciliado en el sector I, vereda 16, casa número 12, Barrio la Carucieña, Barquisimeto, estado Lara. SEGUNDO: D.....