-III-
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la acción de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, instaurada por los ciudadanos ADOLFO MARCANO GARCÍA y MILHEN ELISA VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de la cédulas de identidad Nros V-9.417.819 Y V-10.787.121, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 29 de junio de 1995, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), conforme se evidencia en Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 78 de los Libros de Matrimonios llevados por.....