este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA CJPM-TM13C-008-14 (Nomenclatura nuestra), seguida en contra el ciudadano SIFRIDO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.353.003, con fecha de Nacimiento 24-09-1976, de 37 años de edad, de estado civil soltero, Natural y residenciado en la Urbanización "Villa Camelia", Manzana 7, Casa N° 05, La Cañada Urdaneta, Municipio La Cañada Urdaneta del Estado Zulia, Teléfono 0416-0634302, quien fue Soldado del Componente Aviación y plaza para esa fecha de la Base Aérea Táctica El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en el Artículo 523, 527 Ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar y sancionado en el Artículo 528 ejusdem, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 ordinal 8º, Artíc.....