DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara en primer término, CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ISMAEL MATA, en su carácter de demandante, y en segundo término SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado CARMINE PETRILLI, apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 21 de enero de 2025, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales derivado de las costas interpusieran los abogados ISMAEL MATA MARCANO, LIRIO JOSEFINA TERAN MATUTE y GRECIA CAROLINA MATA TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.394.884, V-9.541.482 y V-23.8.....