Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante ORLANDO JESUS LOPEZ, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos YESIKA ELIZABETH LOPEZ de LAGO, MARGARETH LISBETH LOPEZ GONZALEZ, CAROLINA LISETH LOPEZ GONZALEZ, OLYMAR NASSETH LOPEZ GONZALEZ, VICTOR ORLANDO LOPEZ GONZALEZ, MARIA TERESA NICOLASA BETANCOURT y ANA ELIZABETH LOPEZ BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 10.760.751, 10.764.618, 12.943.271, 13.346.786, 16.441.179, 5.939.127 y 22.261.114, respectivamente, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por la de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones.....