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Decisiones del dia 26/10/2005 |
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N° Expediente :
1SJ4.072-05
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N° Sentencia :
832-2005
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Fecha: 26/10/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: LEIDA ROSA OROPEZA ROJAS |
Resumen:
Con la consignación de la partida de nacimiento del niño (Omitido artículo 65 LOPNA), la cual esta Sala la aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de documento público, queda demostrado el derecho que tiene el referido niño, de repetir el apellido de su madre la ciudadana Leida Rosa Oropeza Rojas, de conformidad con el artículo 238 del Código Civil, que dispone lo siguiente: "Si la filiación sólo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de este, si el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho de repetirlo". Llenos los extremos de Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena oficiar a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de que asiente en la partida de nacimiento del niño (Omitido artículo 65 LOPNA), sus apellidos como: Oropeza Ro.....
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Juez/Ponente:
Raquel Castillo de Zubillaga
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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N° Expediente :
KP01-P-2003-001089
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/10/2005 |
Procedimiento: Confinamiento |
Partes: PENADOS JOSÉ LUIS QUERALES QUINTERO Y JORGE LUIS PRADO QUINTERO VS,. FISCAL DECIMO TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO LARA. |
Resumen:
este Tribunal de Ejecución Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO a los penados JOSÉ LUIS QUERALES QUINTERO Y JORGE LUIS PRADO QUINTERO, titulares de las Cédulas de Identidad N° 15.351.637 y 15.425.260, respectivamente, por el lapso de pena que le queda por cumplir, es decir por CINCO (05) MESES Y TRECE (13) DIAS pena que extingue justamente el día NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL SEIS (09/04/2006) debiéndolo cumplir en la dirección siguiente: Calle 2 de Septiembre, Barrio el Indio, sector la Montañita, casa N° 26, frente a un árbol de Ceiba, cerca del Jardín de Infancia, Yaritagua, Estado Yaracuy, en casa de la Señora ELIZABETH QUINTERO, Telf. 0416-4526131. Debiendo ser supervisado por el Prefecto del Municipio Peña del Estado Yaracuy.-
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Juez/Ponente:
Carlos Porteles Torres
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente :
KP02-R-2005-000726
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/10/2005 |
Procedimiento: Nulidad Asiento Registral |
Partes: LEONEL FELIPE POTENZA VS. DORALIZA MAURE BRICEÑO DE POTENZA Y BEATRIZ JOSEFINA BRICEÑO DE FERNÁNDEZ |
Resumen:
declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por las demandadas Doraliza Maure Briceño de Potenza, y Beatriz Josefina Briceño de Fernández, contra la decisión judicial dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 11 de marzo del 2005, y se REVOCA PARCIALMENTE la misma. En consecuencia se decide lo siguiente: Primero: Se ratifica la decisión de la declaración de nulidad del asiento registral de fecha 04 de Septiembre del 2001, bajo el No. 15, Tomo 12, Folios 123 al 129, Protocolo Primero, Tomo 12, Tercer Trimestre de los Libros llevados por la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Iribarren del Estado Lara, el cual fue notariado previamente por ante la Notaría Pública Primera de Barquisimeto, en fecha 07 de Agosto del 2001, el cual fue anotado bajo el No. 18, Tomo 73 del Libro de autenticaciones llevados por dicha Notaría; todo ello de conformida.....
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Juez/Ponente:
José Antonio Ramírez Zambrano
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil
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N° Expediente :
KP02-S-2005-010796
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/10/2005 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: KANKYS ALDAZORO VS. REINALDO AMARO |
Resumen:
se DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos REINALDO JOSÉ AMARO SISIRUCA y KANKYS KELLER FRANCISCA ALDAZORO VARGAS, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 30 de Mayo de 1.997, bajo el acta Nro. 147 folio 157 vto, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1997. En lo concerniente a La Patria Potestad de los hijos habidos dentro del matrimonio, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Guarda la ejercerá la madre. La Obligación Alimentaría que el padre debe suministrar en beneficio de sus hijos, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) MENSUALES, que serán cancelados los primeros cinco (05) días de cada mes. Los gastos de medicina, recreación, asistencia médica, vestidos y útiles escolares, corren por cuenta de am.....
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Juez/Ponente:
Alida Villasana de Andueza
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
KP02-S-2005-010896
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N° Sentencia :
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Fecha: 26/10/2005 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: LEONARDO LARA VS. MARÍA MORENO |
Resumen:
se DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos LEONARDO JOSÉ LARA HERNÁNDEZ y MARÍA MERCEDES MORENO MUÑOZ, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 17 de Noviembre de 1.993, bajo el acta Nro. 748 folio 224 vto, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1993 En lo concerniente a La Patria Potestad de los hijos habidos dentro del matrimonio, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Guarda la ejercerá la madre. La Obligación Alimentaría que el padre debe suministrar en beneficio de sus hijos, la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,00) MENSUALES, que serán cancelados los primeros cinco (05) días de cada mes. Los gastos de medicina, recreación, asistencia médica, vestidos y útiles escolares, corren por cuenta de ambo.....
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Juez/Ponente:
Alida Villasana de Andueza
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente
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