-II-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN, en contra del codemandado ciudadano Humberto Colmenárez, presentado en fecha 07/07/2025, por el abogado Hugo Eduardo Jiménez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 90.382, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, y por el abogado Gilberto León, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 42.165, en su condición de apoderado judicial del codemandado ciudadano Humberto Colmenárez. SEGUNDO: SE HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acción de RECONVENCIÓN POR DAÑOS MORALES intentada en el presente expediente por la representación judicial del codemandado ciudadano Humberto Colmenárez, venezolano, mayor d.....