/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVOCATORIA de la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, interpuesta por la Fiscalia Décima Tercera del Ministerio Público, en Materia de Ejecución, que le fuera concedida al penado: DEIVIS OSCAR NOGUERA ROO, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 22/06/1977, de 32 años de edad, de profesión u oficio: Albañil, estado civil: Soltero, grado de instrucción 6º grado, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.843.794, domiciliado en el Barrio Caribito, avenida principal, rancho de zinc, Barquisimeto, Estado Lara, todo de conformidad con el artículo 499 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se ordena en esta misma fecha actualizar el cómputo a los fines de establecer la pena concreta a cumplir por el penado, la cual le será d.....