REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 23 de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: KN01-X-2011-000062
Vista el Acta de Inhibición, suscrita por el Dr. José Alfonso Ochoa, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Primero del Municipio Iribarren del Estado Lara, en juicio por DESALOJO que sigue el ciudadano OMAR RAFAEL RIVAS RAMOS contra el ciudadano WILFREDO MANZANARE MARIN, en el cual declara enemistad manifiesta conforme a lo establecido en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, por cuanto la confesión del inhibido en dicha acta, de no conocer en la presente causa, la releva de pruebas y evidencia que está incursa en la causal del Artículo antes mencionado, la inhibición objeto de esta consulta es conforme a derecho y en consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia Tercero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR por estar hecha en debida forma y basada en causa legal.- Insértese este inhibición en el Libro de Control de Inhibiciones que se lleva, según decreto de fecha 22-04-87, de este Despacho y remítase con oficio, copia certificada de esta decisión a la Juez Inhibida a los fines legales consiguientes.
Asimismo, se ordena notificar al Juez Inhibido mediante boleta de la presente decisión dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la publicación del presente fallo, de conformidad con lo ordenado en la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 23-11-2010 en el Exp. 08-1497. Líbrese Boleta de Notificación.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada de esta Inhibición para ser agregada al Libro respectivo.-

REGISTRESE Y PUBLIQUESE
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los 23 días del mes de marzo del año dos mil once (2011) Años: 200° y 152°.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/Ihp.-