DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Nancy Del Carmen Colombo Morales, ya identificada, en representación de sus hijos los niños Omitido articulo 65 LOPNA , contra el ciudadano Marcial José Franco Torres, ya identificado. En consecuencia, se fija el monto de la obligación alimentaria en la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,00) mensuales a razón de veinticinco mil bolívares (Bs. 25.000,00) semanales, que viene a ser el 24,69 % del salario mínimo actual, el cual anualmente se incrementará automáticamente en ese porcentaje aplicado sobre el salario mínimo establecido en ese momento de conformidad con el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además del 50% de los gastos.....