DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Abogados Wilmer Muñoz y Jorge Pichardo en su condición de defensores privados de los ciudadanos JOSE GREGORIO RIVERA VASQUEZ, ANZHONY RAFAEL VALERA y RHIALMY CRISTAL VALERA CARMONA, ya que la presunta violación de derechos constitucionales CESÓ, cuando el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de Noviembre de 2014, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 con Competencia en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, realizó la fundamentación de la Audiencia Preliminar realizada en fecha 28 de Octubre del 2014, en el asunto p.....