Se dicto Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva mediante la cual se NIEGA la solicitud de TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, presentada por la ciudadana MARIA ESTELA CASTILLO COLOMBO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 27 de la Ordenanza de Reforma de la Ordenanza de Ejidos y Terrenos de Propiedad Municipal, por cuanto la misma pretende se deje constancia de la compra de un terreno ejido a un particular y no de la construcción de bienhechurías.-