Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el Recurso de Apelación intentado por los ciudadanos OCIRIS GUADALUPE ORELLANA, NINFA LUCIA MORA, la primera actuando en nombre propio y el de su hija (Nombre omitido), la segunda en nombre y representación de su hija (Nombre omitido) en su orden, así como también, las ciudadanas ROSA CAROLINA, GABRIELA CAROLINA Y GENESIS LINARES EREU, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 16 de abril de 2009, por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, con sede en Barquisimeto, en la Sala de Juicio Nro. 01.