DECISIÓN
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en sala de Juicio N° 02, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de fijación de obligación alimentaria incoada por la ciudadana Juana Zulay Pérez, en representación de sus hijas Daizulys Daniela y Daryaris Zuleika Duran Mujica, en contra del ciudadano Daniel José Durán. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000,oo) Mensuales, a razón de Sesenta Mil Bolívares (Bs. 60.000,oo) Quincenales, que viene a ser el 48.56 % del salario mínimo nacional. Asimismo, el ciudadano Daniel José Duran, deberá cubrir con el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de médico, medicinas, vestido, útiles, uniformes escolares, recreación, habitación, cultura, deporte y cualquier otro que sus .....