DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación por el Abg. JOSE RAMON FERNANDEZ MEDINA, en su condición de Fiscal Provisorio en la Fiscalia Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, 31 de Octubre de 2013 y fundamentada el 12 de Noviembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 06, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante ABSUELVE, a los ciudadanos JOSEPH URDANETA ZAPATA y ERENZO ARIAS DURAN por el delito OCULTACION ILICITA DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y se fija la Audiencia Oral para el día JUEVES 02 DE ENERO DE 2014, A LAS 10:00 A.M., a los fines de debatir los fundamentos del recurso conforme como lo establece el encabezam.....