en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoada por el ciudadano JOE JOSÉ MORANTE CHÁVEZ, en contra del ciudadano: YEFERSON JOSÉ TORREZ MACHADO, (ampliamente identificados en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
"Yo, YEFERSON JOSÉ TORREZ MACHADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-25.506.339, venezolano, mayor de edad, estado civil: soltero, de Profesión u Oficio: Obrero, de este domicilio, por el presente documento declaro. Que doy en venta, pura y simple, perfecta e irrevocable al ciudadano JOE JOSE MORANTE CHÁVEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-24.685.999, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, de Profesión u Oficio: Guardia Nacional, de este domicilio, un inmueble de mi entera propiedad constituido por una casa de paredes de bloque.....