Este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal ADMITE la querella que en fecha 12/06/09 interpuso la ciudadana Virginia María Álvarez de Verde, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.321.794, representada por el Abogado Leonardo Pereira Meléndez, inscrito en el IPSA bajo el Nº 42.847, en contra de la ciudadana keynel Solimar Riera Cortéz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.027.690, Comerciante, residenciada en Avenida Libertador diagonal a FUNREVI, residencias "La Roca" torre A, piso 2 apartamento 2-C, Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal. Líbrese oficio a la Fiscalía Superior del Ministerio Público. Notifíquese a las partes en la.....