Se dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 2 de junio de 2015, por el abogado Luis Enrique Linarez Suarez, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana Ninoska Natali Linarez Suarez, todos identificados en autos, contra la sentencia dictada el 29 de junio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia se declaró INADMISIBLE la demanda por no haber acreditado la parte actora, ciudadano Miguel Oswaldo Fonseca Rodríguez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.447.859, el agotamiento de vía administrativa prevista en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas. Quedó así REVOCADA la sentencia dictada en fecha 29 de Junio de 2015, por el Juzgado Segundo .....