este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE TERRITORIO alegada por los codemandados YESIKA ELIZABETH LÓPEZ DE LAGO, MARGARETH LISBETH LÓPEZ GONZÁLEZ, CAROLINA LISBETH LÓPEZ GONZÁLEZ, OLYMAR NASSETH LÓPEZ GONZÁLEZ Y VÍCTOR ORLANDO LÓPEZ GONZÁLEZ, representados por parte de los abogados ALEXANDER CORONADO GONZALEZ y DAMNEL RAMOS CHARVAL, en contra de la ciudadana MARIA TERESA NICOLASA BETANCOURT DE LOPEZ, representada por los abogados JOSÉ SILVA CASTILLO y MARIO JOSÉ ALEJANDRO QUERALES SALAS, todos anteriormente identificados.
SEGUNDO: En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que se interponga el recurso de Ley, contra la presente decisión, SE ORDENA remitir la pre.....