En fuerza de lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo inquilinario de nulidad interpuesto por la Ciudadana RIOLAMA NOHEMI MIRANDA GOITIA, venezolana, mayor de Edad, con domicilio en Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar, titular de la cédula de identidad N° 11.726.577 contra la Resolución Nº RJ-06-12-0052 de fecha 25 DE JUNIO DE 2012, Expediente R-02-12 emanada de la Unidad de Inquilinato de la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar, que declaro la regulación del alquiler del inmueble de la actora, ubicado en el Edificio Reina, Local comercial N° 1, calle Anzoátegui, del sector la Alameda de Ciudad Bolívar.
SEGUNDO: Se declara la nulidad total del procedimiento administrativo de regulación de c.....