DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Primera en función de Control de este Circuito Judicial Penal, abogada Marjorie Alejandra Pargas Santana, mediante acta levantada en fecha 09 de Diciembre de 2019, en el asunto KP01-P-2019-006408, seguido a los ciudadanos DIOSOMBER DE JESUS MELENDEZ MENDOZA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18.861.711, ADELIS VALENTIN TORREALBA TORREALBA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.279.043, y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-17.355.789, en virtud de haber omitido opinión como Jueza en función de Control N°01 de este Circuito Judicial Penal, en donde conoció en la audiencia preliminar celebrada en fecha 21 de Octubre de 2019 y fundamentada en fecha .....