Por lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, consignado en fecha 14 de noviembre del año 2024, por la ciudadana ANGELICA DEL ROSARIO PARIGUAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.778.828, apoderada especial del ciudadano CARLOS MARCOS MAESTRE MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.595.597, tal y como consta de poder debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Primera del Municipio Angostura del Orinoco del estado Bolívar, en fecha 28/10/2015, bajo el Nro. 04, Tomo 94 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda POR VIA PRINCIPAL POR RECONOCIMIENTO DE CONTENDIO Y FIRMA DE.....