DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos e innominada pretendida en el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano JHON WILLIAM GRANT VASQUEZ, titular de la cedula de identidad número 15.777.998, asistidos por el abogado en ejercicio Jonathan Gerardo Carrera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.655; contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS C.I.C.P.C.
SEGUNDO: se deja constancia que la presente decisión se encuentra dentro del lapso conforme al artículo 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo es.....