este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento efectuado entre las partes
en la Demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO
PRIVADO, interpuesta por los ciudadanos: LAIKENIA ESTEFANIA DELGADO
MATOS Y NAILETH NAZARETH DELGADO MATOS Venezolanos, Titulares
de las Cédulas de Identidad N° V-21.264.089 y V-25.361.708 debidamente
asistida por la ciudadana: GLORIMAR DE J. VEGAS JIMENEZ Abogada en
Ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°305.690, contra los ciudadanos
JOSE ALBERTO CEDEÑO Y MIULKA DEL CARMEN MARTINEZ GUEVARA
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-
11.172.419, V-10.568.615 de conformidad con el artículo 256 del Código de
Procedimiento Civil, teniéndose la misma como sentencia pasada .....