-IV-
DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara: PRESCRITA LA ACCIÓN DE TACHA DE FALSEDAD, propuesta por la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS MAXIPLASCA, C.A., debidamente inscritas por ante el Registro Mercantil del estado Lara, en fecha 09 de julio del año 2012, bajo el N°34, tomo 82-A, RM365, representada por el ciudadano JOSÉ RADWAN ABOU HASOOUN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.662.629, a través de su apoderado judicial abogado MAIKOL JESUS MENDEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-28.204.278 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 321.553, contra el documento: Acta constitutiva, de la Sociedad Mercantil PROYECTOS Y CONSTRUCCION.....