Ete Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA CUANTIA, para conocer de la presente demanda de PARTICION DE COMUNIDAD, intentada por la Abogado FRANCYS MARSELLA C. DIAZ SEQUERA, Inpreabogado N° 31.547, actuando en nombre y en representación de la ciudadana MADGY DIHELI PEREZ SANTOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 12.534.043, considerando que los Tribunales competentes para conocer de la presente demanda, son los Juzgados de Primera Instancia, en el caso de autos, los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO LARA; en tal sentido declina la competencia a dichos Tribunales de Primera Instancia, de conformidad con el artículo 29 del Código de Procedimiento Civil y el.....