DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR el segundo punto de impugnación alegado por la Defensora Privada, Abg. Yajaira Salazar Contreras, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal, en la audiencia preliminar celebrada en fecha en fecha 07 de Agosto de 2013 y fundamentada en la misma fecha, mediante la cual no admitió la Fórmula Alternativa a la Prosecución del Proceso, previa admisión de los Hechos por parte del ciudadano Enzo José Panarito Pernalete, específicamente la Suspensión Condicional del Proceso, prevista en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: SE REVOCA la audiencia preliminar celebra.....