DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por: RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por la ciudadana: MARÍA ELENA FIGUEROA BLANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V-9.542.630, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.118, actuando en su condición de apoderada judicial de MANUEL RODRÍGUEZ CUÑARRO, en contra de la FIRMA MERCANTIL LAI LAI FASHION ATELIER QUINTO S. C. S., representada por sus Directores Administrativos: IVÁN QUINTO y/o RAFAEL MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.646.875 y 11.598.492.- SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en el proceso. TERCERO: Notifí.....