DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara sin lugar el Arresto Transitorio por el lapso de cuarenta y ocho (48) horas solicitado por el Ministerio Público, debido a que este Tribunal considera que no existen elementos fundados para imponer esta medida. SEGUNDO: Se ratifican las medidas de seguridad y protección que fueron impuestas por el Ministerio Público contenidas en el artículo 87 ordinales 5º y 6º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en la prohibición de acercarse a la victima por si, o por intermedio de terceras personas, a la residencia de la misma, lugar de estudio o trabajo; así como la restricción de realizar actos de persecución, acoso o intimida.....