DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ACUERDA LA PRORROGA POR EL LAPSO DE NOVENTA DIAS, solicitada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público del estado Lara, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese, Cúmplase.-