DESISTIDA la presente acción de amparo incoada por el ciudadano JUAN CARLOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.306.273, con domicilio procesal en la Procuraduría Especial de Trabajadores del Estado Lara, ubicada en la carrera 17 entre calles 24 y 25, Edificio Nacional, piso 2, Oficina 45, de esta ciudad, asistido por la ciudadana SHIRLEY BRICEÑO, abogada en ejercicio de la función pública, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara, inscrita el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 84.974, en contra de la empresa RESGUARDO TOTAL C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nro. 46, Tomo 18-A, de fecha 17/06/1993, en la persona de EVA ALVARADO DE MAVARES, titular de la cédula de identidad Nro. 2.305.371, en su carácter de Presidente, y/o JAIME JOSÉ MAVARES, titular de la cédula de identidad Nro. 7.483.742, en su carácter de Vicepr.....