REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de octubre de dos mil tres
193º y 144º

ASUNTO: KH01-S-2001-000018

La ciudadana GLORIA DEL CARMEN ARZURO, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error aparece el nombre de mi madre como "MARIA DIONICIA"; cuando mi madre se llama solamente "DIONICIA", siendo su nombre y apellido correcto: DIONICIA ARZURO. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido de que se corrija el nombre de la madre de la solicitante como "DIONICIA".- En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA HUMOCARO ALTO, MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA Y AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 176. Del año 1977. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los seis días del mes de Octubre de dos mil Tres.- Años: 192º y 144º.-
LA JUEZ, EL SECRETARIO,
(FDO) (FDO)

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. JOSE ALFONSO OCHOA

Publicada en su fecha a la 12:50 p.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-2668 Y 0900-2669.
PCM/JAO/jysp.