Este Tribunal de Ejecución Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 105 del Código Penal Venezolano en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, declara LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y LA LIBERTAD PLENA al ciudadano ANGEL RAFAEL LOVATON, cédula de identidad nº 11.263.085, ampliamente identificado en autos, quien en fecha 09 de diciembre de 2005, fue condenado por Tribunal de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, sancionadas en el articulo 277 del Código Penal.