DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por el ciudadano JOSÉ DE LOS SANTOS AGÜERO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 427.400 y de este domicilio, contra la ciudadana LIGIA THAMARA AGÜERO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.269.543 y de este domicilio, en su carácter de Heredera Conocida de la causante SACRAMENTO ANTONIA QUINTERO ESCALONA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.155.802 y de este domicilio.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.