Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia, la acción por estimación e intimación de honorarios profesionales, interpuesta por los abogados ÁNGEL NAVAS GONZÁLEZ y DORIS COROMOTO SUÁREZ RODRÍGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.034 y 102.116, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación, contra la sociedad mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS, C. A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 18 de agosto de 1992, bajo el Nº 7, Tomo 14-A, con su última modificación en su Acta V Constitutiva de Estatutos Sociales, según documento inscrito ante el mismo Registro Mercantil, e.....