Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, en contra del penado FLORES CASTILLO EMILIO ENRRIQUE, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.180.807, Venezolano, natural de Maracay , Estado Aragua , nació el día 16/05/1958; de 51 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Chofer, , hijo de Esteban Ramon Flores y de Elias Mercedes, domiciliado en el barrio Carrizales, calle 5, casa N° 12 sector palo negro, Maracay estado Aragua, condenado a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 numeral 2 del Código Penal .....