En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de suspensión de los efectos de la Resolución N° GRTI-RCO-DJT-ARAJ-2003-000194, de fecha 30 de diciembre de 2003, emanada del Gerente de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la Región Centro Occidental, mediante la cual, se declaró Parcialmente Con Lugar el Recurso Jerárquico, en contra de la Resolución Nº SAT-GTI-RCO-600-308, de fecha 02 de abril de 2003, cuya solicitud fue interpuesta por la contribuyente “COMPAÑÍA ANÓNIMA AGRYCA”, en la oportunidad de la interposición del Recurso Contencioso Tributario, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario.