IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadana: por la ciudadana DEYBIS LILIETH ARAUJO REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.186.496, asistido en este acto por el abogado ORLANDO JOSE ALVARADO DORANTES, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°158.832, contra la ciudadana JUANA ADELAIDA SANTANA DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.261.144. En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
‘’ Yo, JUANA ADELAIDA SANTANA DE MENDOZA, venezolana, casada, titular de la cedul.....