Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 23 de marzo de 2004, por el abogado MARINO VACCARI, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 08 de marzo de 2004. En consecuencia, se declara PRESCRITA la acción intentada por la ciudadana YURI DURAN PIÑA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-7.464.270, de este domicilio, mediante su apoderada judicial, abogada JANETTE PEROZA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 70.065, en contra de SUPERTEL, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 08 de abril de 1999, anot.....