En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre los ciudadanos JANETH MARGARITA GONZALEZ GONZALEZ, plenamente identificada, debidamente asistida de su apoderado judicial, abogado Pedro Duran Nieto, y el abogado Andrés Torres Carrizosa, en su condición de apoderado judicial de la demandada, sociedad mercantil HIERRO BARQUISIMETO C.A., en virtud del cual las partes de mutuo acuerdo convinieron en: "El representante de la empresa demandada propone a la parte actora, pagar por los concepto reclamados en el presente juicio, la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.600.000,oo), que serán honrados el día 15 de junio de 2005 y del mismo deberá dejarse constancia en el expediente. Queda entendido, que con el pago de la cantidad ant.....