Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la abogada ADALID MARQUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 07 de julio de 2003, en el juicio intentado por la ciudadana NINOSKA RODRÍGUEZ BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº 14.094.783, de este domicilio, mediante sus apoderadas judiciales ADALID MÁRQUEZ y DIOLINDA DE ABREU, venezolanas, mayores de edad, abogadas en ejercicio, inscritas en el I.P.S.A, bajo los Nos. 90.026 y 301.232, respectivamente, en contra de SMX, SISTEMAS MULTIPLEXOR, S.A. En consecuencia, se ordena la REPOSICIÓN de la causa al estado de designar nuevo experto.....