En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en sede civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 31 de enero del año 2019, por el apoderado judicial de la parte demandada, abogada ELIO MOGOLLÓN, contra la sentencia dictada en fecha 24 de enero de 2019, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de desalojo de inmueble (local comercial) presentada por el ciudadano DANNY ARRAGE ABOU, venezolano, titular de las cédula de identidad N° 13.436.471, actuando en su condición de director de INVERSIONES MAGARA C.A. inscrita en Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha.....